Esta semana la Corte Suprema aprobó una serie de recomendaciones para el uso de redes sociales para los integrantes del Poder Judicial. El informe fue realizado por el Comité de Modernización del máximo tribunal, y según indicaron, nace “de la importancia que las nuevas tecnologías han adquirido en el área de los medios de comunicación social”.
Asimismo, reconoce que “todos los miembros del Poder Judicial gozan del derecho a la libertad de expresión, en igualdad de condiciones que las demás personas”. En ese sentido, se asegura que lo entregado son “recomendaciones éticas con miras a salvaguardar la labor judicial”.
El listado es extenso, pero entre los puntos más llamativos aparecen los siguientes:
– Todos los miembros del Poder Judicial procurarán evaluar el significado que tiene admitir o no admitir a una persona a su universo de contactos en el marco de una red social, tratando de evitar cualquier comunicación con aquellas personas que como partes, abogados u otros profesionales de la justicia intervengan en algún asunto del que en ese momento esté participando.
– En caso de abrir perfiles en redes sociales, los integrantes del Poder Judicial evaluarán las potenciales consecuencias de identificarse como miembro del Poder Judicial, y en el caso de que sucediera por causas ajenas a su voluntad, tener siempre presente la responsabilidad que impone el cargo.
– Los integrantes del Poder Judicial procurarán asegurarse de que conocen a quiénes comparten su red, a menos que su uso no dé signos de familiaridad entre las personas conectadas.
En conversación con La Vanguardia, el abogado constitucionalista José Ignacio Núñez, señala al respecto que “mientras sean meras recomendaciones y aplicadas como tales, no se observa abiertamente una afectación de la libertad de expresión. Con todo, si lo que se busca proteger es la independencia de los jueces, parece más razonable que se elabore una ley que discipline todas las conductas vinculadas a la libertad de expresión que que puedan afectarla”.
Así, Núñez coincide con una de las recomendaciones planteadas en el documento, al señalar que “por ejemplo, no es descabellado solicitarle a un juez que no acepte como vínculo en redes sociales a personas que son partes en un juicio del que actualmente conoce. ¿Pero, por qué limitar esa conducta solamente respecto de redes sociales, en el ámbito de la realidad virtual y no en otras formas de comunicación?”.
Con respecto a la posibilidad de que los jueces expresen sus tendencias políticas, Núñez plantea que “todo ser humano es portador de concepciones políticas y valóricas. Lo importante es reducir la incidencia de ellas en la actividad consistente en aplicar el Derecho a casos concretos. De lo contrario, los jueces sentenciarían de conformidad a sus ideas y no conforme a Derecho”.
El académico cierra agregando que “una manera, entre muchas otras, de disminuir ese riesgo, es evitar que sean presionados a raíz de lo que han expresado en redes sociales. No es lo mismo que un juez, que se desempeñe como académico, manifieste una opinión en un libro que ha tardado años en escribir, a que lo haga en un posteo que demoró menos de un minuto en ser escrito. Por eso, reitero, me parece razonable que se adopten recaudos en esta materia, pero creo que el ideal consistiría en debatir este sobre este asunto en el Congreso y que se traduzca en una ley dotada de los requisitos que la Constitución establece, no que se manifieste en recomendaciones”.