La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó en sentencia del 16 de octubre el recurso de nulidad interpuesto por Brink´s Chile S.A., en contra de la sentencia que rechazó la demanda presentada por la empresa de trasporte y custodia de valores, acción legal que buscaba poner término al fuero maternal de trabajadora y finiquitar el contrato a plazo fijo convenido entre las partes.
En fallo unánime (causa rol 114-2017), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mario Julio Kompatzki, Fernando León y la fiscal judicial Gloria Hidalgo– estableció que el contrato a plazo fijo suscrito, no conlleva una autorización implícita para poner término a la relación laboral, tal como planteaba la demandante.
«(…) debe dejarse establecido que la demandada alegó que no es posible fundar la demanda solamente en el vencimiento del plazo convenido en el contrato, atendida la protección a la maternidad y respeto de la vida del que está por nacer e invocó normas legales y jurisprudencia judicial en apoyo de su petición de rechazo de la demanda» sostiene el fallo dictado ayer, lunes 16 de octubre.
Resolución que agrega: «Dicho lo anterior, la sentencia razona en el sentido que en la demanda, aparte del vencimiento del plazo del respectivo contrato de trabajo, no se señala ninguna otra circunstancia que justifique la autorización pedida, en términos que puede dejar de protegerse la maternidad como la Constitución y la Ley lo exigen, como asimismo que las funciones desempeñadas por la empresa son de carácter permanente por corresponder precisamente a uno de sus giros».
Dj