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Modernización a la legislación bancaria: respaldan idea de legislar

por admin
14/03/2018
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Hasta el lunes 16 de abril se acordó como plazo para que la Comisión de Hacienda reciba las indicaciones para el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que moderniza la legislación bancaria y contó con el voto favorable de la unanimidad de la Sala (37 votos a favor).

El mensaje tiene por objeto perfeccionar el sistema bancario chileno y dotarlo de una institucionalidad moderna. Para ello propone traspasar todas las competencias de la actual Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras a la Comisión para el Mercado Financiero. Además, modifica la Ley de Bancos, con la finalidad de actualizar el sistema bancario nacional de acuerdo con las mejores prácticas internacionales, con miras a fortalecer su capacidad para competir en el contexto de un mundo globalizado y enfrentar de la mejor forma los riesgos futuros.

Pilares

Al respecto, los senadores Juan Antonio Coloma, Carlos Bianchi, José García Ruminot y Juan Pablo Letelier destacaron el texto legal que tiene tres puntos fundamentales y agregaron que en su proceso de revisión en particular se podrán perfeccionar varias normas

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Los puntos aludidos fueron:

– Aumentar los estándares de solvencia de acuerdo a las recomendaciones de Basilea III;

– Traspasa todas las competencias de la actual Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF);

– Perfeccionar medidas para regularizar bancos con eventuales problemas financieros.

Durante el debate, el senador Coloma explicó claramente el contexto y motivos de la necesaria legislación y destacó que la banca cumple un rol fundamental en la economía “y Chile ha sido categórico en velar para que los bancos cumplan con estabilidad y racionalidad”.

Coincidente con los argumentos, el senador Bianchi manifestó que “el mercado bancario se sustenta en las confianzas que las personas depositan en ellas y cuando ellas se rompen puede ocurrir una crisis, una reforma era absolutamente apremiante”

Asimismo, el senador García Ruminot, destacó la figura de la Comisión para el Mercado Financiero, “porque todo un consejo permite mayor regulación, se evita duplicidad de esfuerzo y facilita el desarrollo futuro de una legislación para conglomerados financieros”.

En tanto, el senador Letelier recordó que “como bancada hemos sido partidarios de estos tres ejes fundamentales. (…) Con respecto a la solvencia hay inquietudes con diferentes sectores de la economía que debemos tratar en particular”.

Contenidos del proyecto

– Traspasa todas las competencias de la actual Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), creada por la ley N° 21.000.

– En materia de requerimientos de capital y gestión de riesgos, el proyecto actualiza la normativa vigente de acuerdo con las recomendaciones de Basilea III, aumentando los requerimientos de capital no solo desde el punto de vista de su cantidad, sino también de su calidad, de modo que estos sean concordantes con los riesgos asociados a la actividad bancaria.Imagen foto_00000035

– Permite la adquisición de bonos sin plazo de vencimiento por parte de inversionistas calificados, específicamente, compañías de seguros y AFP.

– Incorpora el término de banco de “importancia sistémica”, en reemplazo de la expresión de “participación significativa”. Para ello, además de conservar la facultad para autorizar o rechazar las fusiones u otras formas de operaciones de concentración de bancos, la CMF establecerá los elementos que deberán ser tenidos en consideración para determinar la clasificación de una institución como de importancia sistémica. Asimismo, la Comisión tendrá la facultad de imponer determinadas exigencias adicionales a las entidades que hayan sido calificadas como sistémicas, como, por ejemplo, la exigencia de cargos adicionales de capital básico o limitaciones a los préstamos interbancarios.

– Establece mecanismos de intervención para bancos en problemas y manejo de crisis, creando el “plan de regularización temprana”, que permite normalizar la situación de un banco respecto del que se puedan prever problemas en su situación financiera, con anterioridad a que estos se materialicen. Dicha herramienta tiene por objeto permitir que un banco, bajo un continuo monitoreo por parte del regulador, solucione sus problemas financieros y recupere su situación de normalidad, sin interrumpir su funcionamiento.

– Para reforzar la eficacia de la figura de la regularización temprana, el proyecto dispone que, en caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en dicho plan, la Comisión podrá designar al banco un inspector delegado o un administrador provisional.

– Elimina la figura del convenio de acreedores, contenida en la antigua ley de quiebras.

– Aumenta de 90 a 100% la garantía Estatal a los depósitos a plazo, así como también el límite de dicho beneficio en un mismo banco, de 120 a 200 UF. El monto total del beneficio para una misma persona en el sistema completo se aumenta a 400 UF.

– Precisa el alcance del secreto bancario y, en el caso de información reservada, se establece una presunción de interés legítimo por parte del Ministerio Público, el SII y Unidad de Análisis Financieros.

Dj

Etiquetas: CorporativoNoticias Legislativas

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