Lista para convertirse en ley de la República quedó el proyecto que crea el derecho a la atención preferente en salud.
La iniciativa, cuyo texto fue modificado en comisión mixta del Comngreso , plantea que toda persona mayor de 60 años, como también toda persona en situación de discapacidad, tendrá derecho a ser atendida preferente y oportunamente por cualquier prestador de acciones de salud, con el fin de facilitar su acceso a dichas acciones de salud.
Dicha atención preferente y oportuna, señala el proyecto, consistirá, al momento del ingreso del paciente, en la adopción por el prestador de las siguientes medidas:
- Si se tratase de una consulta de salud:
- a) En la entrega de número para la solicitud de día y hora de atención.
- b) En la asignación de día y hora para la atención.
- c) En la asignación prioritaria para la consulta de salud de urgencia.
Asimismo, el texto indica que, si en la consulta el médico o profesional de salud considera necesario que el paciente sea evaluado por un médico especialista, generando una interconsulta, deberá ser priorizada de la misma manera indicada anteriormente.
- Si se tratase de la prescripción y dispensación de medicamentos:
- a) En la emisión y gestión de la receta médica respectiva.
- b) En la entrega de número para la dispensación de medicamentos en la farmacia.
- c) En la dispensación de medicamentos en la farmacia.
III. Si se tratase de toma de exámenes o procedimientos médicos más complejos:
- a) En la entrega de número para la solicitud de día y hora para su realización.
- b) En la asignación de día y hora para su realización.
- c) En la posterior asignación prioritaria para la realización de exámenes o procedimientos médicos más complejos.
Finalmente, el proyecto señala que el prestador de acciones de salud deberá consignar con caracteres legibles, en un lugar visible y de fácil acceso del recinto en que se desempeña, el texto de este derecho a la atención preferente y oportuna.