La Corte Suprema acogió recurso de unificación de jurisprudencia y rechazó demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones presentada por funcionario civil del Ejército, en contra del Estado de Chile.
En fallo dividido (causa rol 67.041-2016), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Gloria Ana Chevesich, Carlos Cerda, el fiscal judicial Jorge Sáez y los abogados (i) Jaime Rodríguez y Leonor Etcheberry– descartó la existencia de relación regida por el Código del Trabajo entre el fisco y el demandante Carlos Román Correa, auxiliar de servicios del centro médico del Ejército de Chillán.
La sentencia indico que «esta Corte coincide con la doctrina expuesta en la sentencia de contraste acompañada por el recurrente, correspondiente a los autos Rol 87-2015 de la Corte de Apelaciones de La Serena, en el sentido de que el vínculo que se genera con la incorporación a algún cargo de la administración pública u órgano del Estado, por vía de la «contrata» regida por un estatuto especial, no genera vínculo laboral regido por el Código del Trabajo, de manera que los derechos que contempla no son susceptibles de ser reclamados por los funcionarios públicos. En efecto, la imputación de no justificación de un despido y las indemnizaciones laborales que el código laboral hace consecuente a tal declaración, no pueden ser reclamadas por quienes están bajo régimen estatutario especial, como sucede en la especie, desde que el cuerpo legal específico que regula su vínculo establece sus propios derechos, acciones y obligaciones, de modo que el Código del Trabajo sólo les será aplicable en el caso contemplado en el inciso tercero de su artículo primero, cuyo no es el caso».
DJ