La Corte Suprema acogió el recurso de amparo y otorgó la libertad condicional a interno que asistió a talleres al interior de la unidad penal.
En fallo unánime (rol 39.673-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm– estableció que el amparado cumple con los requisitos para acceder a la libertad condicional.
«Que, según da cuenta el Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional, el amparado registra el año en curso trabajo intrapenitenciario como artesano en cuero en proceso, sin detalle de horas, calificado el desempeño como malo, sin embargo, el año 2016 registra terminados dos cursos de las mismas características, uno de ellos de 100 horas de duración con asistencia del 100%, calificado el desempeño como muy bueno, unido al hecho que cumple funciones de aseo en la guardia interna y registra trayectoria laboral previa como chofer de locomoción colectiva, en consecuencia, no parece justificado que la comisión recurrida de por incumplido el requisito aludido cuando en concepto del tribunal de conducta aquel se encuentra satisfecho plenamente por el sentenciado, lo cual se ratifica no solo de los antecedentes tenidos a la vista sino también de su postulación en Lista Nº 1 a la libertad condicional», establece el fallo.
La resolución agrega que: «en consecuencia, atento a lo expresado, la Comisión recurrida ha negado la libertad condicional al amparado pese a cumplir todos los extremos previstos en el artículo 2° del mismo texto, con lo cual se le ha privado ilegalmente de su derecho a recuperar, condicionalmente, su libertad ambulatoria, por lo que la acción de amparo examinada deberá ser acogida en la forma pedida en el arbitrio».
Dj