En una interesante sentencia dictada el pasado 5 de abril de 2017, Rol 263-2017, la Corte de Apelaciones de Concepción se pronunció respecto de una medida para mejor resolver decretada por el tribunal y que según el fallo sólo tenía como objetivo era suplir la falta de prueba de una de las partes.
Señaló la sentencia que «consta de los antecedentes que la parte demandante en este proceso sobre indemnización de perjuicios no solicitó en ningún momento la designación de un perito para determinar el supuesto daño moral que habría sufrido la actora con motivo u ocasión de la intervención médica a que se sometió en la Clínica, demandada de autos, sin perjuicio de otra prueba que rindió al efecto. No obstante ello, una vez vencido el probatorio, se ordenó citar a las partes para oír sentencia, decretándose por el tribunal la mencionada medida para mejor resolver».
Añadió que «estos sentenciadores estiman que el tribunal se puso en situación de subsidiar la actividad de la parte demandante, conducta que vulnera el principio de igualdad procesal, dejando a las partes en situación dispar en cuanto a oportunidad para la producción de la prueba».
DJ