La Corte de Apelaciones de Santiago acogió hoy las solicitudes del Ministerio Público y querellantes y revocó la resolución que decretó el sobreseimiento definitivo respecto de seis carabineros imputados por el delito de torturas perpetrado el 21 de octubre del año pasado, en la comuna de Ñuñoa y que fue cubierto en directo por Chilevisión.
La sentencia de la Tercera Sala del tribunal de alzada capitalino –integrada por los ministros Hernán Crisosto, Jenny Book y Verónica Sabaj– estableció que no existen antecedentes que permitan descartar la participación de los policías en el delito.
Indicó que «mediante la evidencia exhibida, en particular las imágenes captadas por las cámaras de Chilevisión y los respectivos informes médicos, esta Corte no está en condiciones de asegurar que los imputados en cuestión, no hayan tenido algún grado de participación en los hechos ilícitos atribuidos, por cuanto se desconoce la identidad de los partícipes que se aprecian en la secuencia del video incorporado, no pudiendo evidentemente identificarse que determinado accionar corresponde a uno u otro encartado».
«En este orden de ideas –continúa–, la convicción en análisis no ha sido posible de alcanzar en el caso en examen, ya que aún subsisten una serie de interrogantes no resueltas, en orden a si el hecho -no discutido- que cinco funcionarios públicos que se situaron físicamente en el contexto de la dinámica advertida en el video exhibido en audiencia pudieron haber evitado que los autores materiales golpearen a la víctima don Moisés Órdenes Corvalán o por el contrario nos encontremos en la hipótesis de inexigibilidad de otra conducta, antecedentes que necesariamente -según se ha indicado- deben ser dilucidados en la etapa de investigación que no ha sido cerrada».
De esta forma los Carabineros que participaron en los hechos seguirán siendo investigados y probablemente la Fiscalía losa acuse por el delito de torturas.