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CNC se hace parte en control de constitucionalidad de proyecto de reforma a Ley de Protección del Consumidor

por admin
15/11/2017
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Según se informó hoy la Cámara Nacional de Comercio (CNC) se hizo parte del control de constitucionalidad en el Tribunal e ingresó observaciones contra el proyecto del Gobierno. En efecto, a fines de octubre, luego que el Congreso aprobara la reforma legal que fortaleció al Sernac, la oposición decidió no recurrir al Tribunal Constitucional (TC) para objetar ciertas normas de la iniciativa que calificaron de inconstitucionales durante la tramitación legislativa.

Ante ello el proyecto debía ingresar de todas formas al TC, al denominado trámite de control obligatorio de constitucionalidad, instancia previa a su promulgación y publicación como ley en el Diario Oficial. Fue una vez comenzado dicho trámite que la Cámara Nacional de Comercio (CNC) -uno de los más activos opositores a la reforma por considerarla que se creaba un órgano juez y parte- decidió jugarse una última carta, ingresando un téngase presente al Tribunal para frenar en el examen de constitucionalidad el despacho a ley del emblemático proyecto del Gobierno.

El texto busca ampliar la cantidad de normas que deben ser sujeto de revisión por parte del Tribunal y pide que se pronuncie sobre la posible inconstitucionalidad de varias de esas disposiciones. Así citando fallos previos del propio TC, la CNC indica que las normas que le dan una nueva fisionomía al Sernac, otorgándole y diseñando nuevas potestades a este órgano son materia de Ley Orgánica y por tanto, deben ser revisadas en el control preventivo.

Según informo el diario electrónico «Pulso», «en el mismo escrito el comercio también plantea observaciones de fondo a las nuevas facultades del Servicio. Al atribuirle dichas potestades, el proyecto crea un súper órgano, concentrando un cúmulo de competencias y potestades (normativas, interpretativas, jurisdiccionales, fiscalizadoras, sancionatorias, de mediación y representación judicial). Ello implica concebir una autoridad administrativa sin precedentes, que concentrará enorme poder sobre acciones y contratos de particulares. Pensamos que esta acumulación es inconstitucional en varias dimensiones… se ha sobrepasado los límites constitucionales del principio de separación de poderes, de la atribución de potestades en función del bien común, el resguardo del debido proceso y las atribuciones jurisdiccionales de los tribunales de justicia».

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